27 de mayo 2014
CHERÁN, MICHOACÁN. 27MAYO2014.- En una decisión inédita, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le dio la razón al municipio indígena de Cherán, Michoacán e invalidó la reforma constitucional del estado de Michoacán, promulgada el 12 de marzo de 2012, con la que esa entidad pretendía “adaptar” su legislación al artículo segundo de la Constitución general de la República. Los representantes del ayuntamiento, que fueron elegidos mediante el método de usos y costumbres y que por resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tiene las mismas prerrogativas y derechos que el resto de los municipios del país para presentar controversias ante la SCJN, se quejaron de que la Cámara de Diputados incumplió con lo establecido en el Convenio 169 de la Organización del Trabajo. Dicho convenio, ratificado por México, establece la obligación de los gobiernos de “consultar a los pueblos indígenas en el momento en que se emita o se prevean medidas legislativas o administrativas, susceptibles de afectarles directamente. FOTO ARCHIVO: JUAN JOSÉ ESTRADA SERAFÍN /CUARTOSCURO.COM
Autor: Juan José Estrada Serafín
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