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CIUDAD DE MÉXICO, 14ABRIL2026.- La ministra Lenia Batres Guadarrama durante la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la cual el pleno echo para atrás una norma que castiga el delito de ciberasedio en el Estado de Puebla, la ley castigaba hasta con tres años de prisión por vigilar, hostigar, intimidar u ofender a otra persona en redes sociales o medios digitales. La Máxima Tribuna invalidó el artículo 480 del código penal, con el argumento de que su redacción es ambigua, imprecisa y vulnera los derechos de las personas. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM
Autor: Suprema Corte de Justicia de la Nación
ID: 1077610