12 de julio 2023
CIUDAD DE MÉXICO, 12JULIO2023.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional que se establezca que el viudo o viuda que contraiga matrimonio o se una en concubinato recibirá como única y última prestación el importe de seis meses de la pensión de viudez que venía disfrutando, conforme a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM
Autor: Suprema Corte de Justicia de la Nación
ID: 939204