21 de junio 2023
CIUDAD DE MÉXICO, 21JUNIO2023.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una contradicción de criterios en la que dos tribunales colegiados sostuvieron puntos contrarios respecto a si la calidad de mujer o persona con capacidad de gestar es suficiente para reconocer su interés legítimo para impugnar las normas que establecen como delito el aborto, sin necesidad de que haya un acto de aplicación de las normas penales que se impugnan en el juicio de amparo, conforme a los artículos 107, fracción I, de la Constitución Política del país y 5, fracción I, de la Ley de Amparo. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM
Autor: Suprema Corte de Justicia de la Nación
ID: 936630