CIUDAD DE MÉXICO, 27NOVIEMBRE2024.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, presidida por Jorge Mario Pardo Rebolledo, reconoció la constitucionalidad del artículo 85 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, conforme al cual “los emolumentos de las y los peritos que formen parte del Poder Judicial, serán cubiertos con cargo a su presupuesto, mientras que los de aquellos que no formen parte del mismo se sujetarán al acuerdo entre las partes y, en su defecto, al arancel previsto en la ley”. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM
Autor: Suprema Corte de Justicia de la Nación
ID: 1007887