5 de febrero 2015
MÉXICO, D.F., 05FEBREO2015.- Queda prohibida la colocación de todo tipo de propaganda electoral en los árboles, los monumentos históricos públicos, las escuelas, los colegios, las iglesias y los templos, los coliseos deportivos públicos, los sitios de interés histórico y cultural, los hospitales, los edificios públicos, los cementerios, las señales de tránsito o cualquier señal de orientación a la ciudadanía en las carreteras, calles o caminos, el pavimento de las carreteras, avenidas o calles, y en lugares que, impidan la visibilidad de los semáforos o que en la misma instalación de estos puedan poner en peligro la seguridad vehicular o de las personas, o distraer la atención de los conductores. FOTO: ISABEL MATEOS /CUARTOSCURO.COM
Autor: Isabel Mateos Hinojosa
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