CIUDAD DE MÉXICO, 19ENERO2025.- Un hombre viaja en una bicicleta eléctrica sobre la ciclovía; De acuerdo con el artículo 20 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, cualquier vehículo que supere los 25 kilómetros por hora requiere placas para circular. Sin embargo, estas unidades eléctricas suelen tener baterías de menor capacidad, generalmente de un kilowatt, lo que complica su regulación y clasificación, ya que al tener pedales son consideras como bicicletas. FOTO: MAGDALENA MONTIEL VELÁZQUEZ/CUARTOSCURO.COM
Autor: Magdalena Montiel Velázquez
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